Redacción. -La Unión Europea prohibió en productos de cosmetología el óxido de difenilfosfina (2,4,6-trimetilbenzoilo) (INCI: Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide, TPO) y la N,N-dimetil-p-toluidina (INCI: N,N-dimethyl-p-toluidine, DMPT), ingredientes tradicionales en geles curados con lámpara UV/LED y en métodos acrílicos para uñas.
La orden, de aplicación directa en todos los Estados miembros, rige desde el 1 de septiembre de 2025 y no contempla períodos para «agotar existencias»: queda vetado vender, distribuir o usar en salón cualquier cosmético que los contenga.
Salones y comercios deberán retirar los productos con estos ingredientes y abstenerse de usarlos en servicio. Marcas y distribuidores deben reformular, sustituyendo foto iniciadores y aminas por alternativas conformes al Reglamento.
La decisión se incorpora mediante el Reglamento (UE) 2025/877, que actualiza el anexo de sustancias CMR (carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción) del Reglamento de Cosméticos. Con ello, el TPO pasa de usos profesionales limitados a prohibición total, mientras que el DMPT se añade expresamente al listado de sustancias vetadas.
TPO (fotoiniciador) es la «chispa» que, al recibir luz UV/LED, se descompone y genera radicales que activan el curado de los geles, transformándolos de capa viscosa a película dura en segundos. Se emplea en gel polish y sistemas que requieren lámpara.
DMPT (acelerador) es una amina que, combinada con peróxidos (por ejemplo, peróxido de benzoilo en el acrílico líquido + polvo), acelera el fraguado en frío del material, permitiendo el endurecimiento rápido sin lámpara. También aparece en algunos materiales dentales/industriales de metacrilato.
Las lacas convencionales sin lámpara (incluidas las de «larga duración» que secan al aire) no requieren TPO ni DMPT porque forman película por evaporación de solventes y resinas. En principio no deberían verse afectadas, aunque se recomienda verificar siempre la etiqueta.
El óxido de difenilfosfina (2,4,6-trimetilbenzoilo) fue reclasificado como tóxico para la reproducción (categoría 1B), lo que activa el veto en cosméticos al no existir una exención específica. La N,N-dimetil-p-toluidina se incorpora al anexo de prohibidas por su perfil toxicológico.
La Comisión Europea ha recordado que la prohibición abarca tanto el «poner en el mercado» como el «poner a disposición»: no es legal seguir usándolos con clientas aunque el producto se adquiriera antes de la fecha de entrada en vigor.
Las autoridades nacionales ya notifican a distribuidores y salones sobre la retirada y el fin del antiguo uso «solo profesional», con inspecciones y sanciones en caso de incumplimiento.
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