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Advierten sobre sanciones por promover capos, tras cierre de “Drink Sinaloa” en Baní

SANTO DOMINGO.- El abogado Félix Portes advirtió sobre las sanciones penales que establece la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana para quienes promuevan, fomenten o glorifiquen el consumo o tráfico de drogas, luego de la clausura del establecimiento “Drink Sinaloa” en Baní.

Portes recordó que dicha ley prohíbe expresamente toda forma de promoción, incitación o propaganda vinculada al narcotráfico o al consumo de sustancias controladas, sin importar el medio utilizado.

“La ley sanciona a toda persona que promueva o induzca el tráfico o consumo ilícito de drogas, ya sea por medios escritos, audiovisuales, artísticos o cualquier otra vía de difusión”, precisó el jurista.

Señaló además que esta normativa abarca tanto a particulares como a empresas e instituciones que patrocinen, directa o indirectamente, campañas, eventos o materiales que normalicen o glorifiquen estas conductas ilegales.

Entre las sanciones contempladas se incluyen multas, prisión y la clausura de establecimientos, dependiendo de la gravedad del caso, la reiteración y el impacto social.

El abogado citó como referencia el artículo 36 de la ley, que penaliza la inducción al consumo, así como otros artículos relativos al tráfico y la asociación para delinquir, los cuales consideran la propaganda como una forma de participación en el delito.

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