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Diputados aprueban alza del tope de nómina en alcaldías

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Santo Domingo.– La Cámara de Diputados aprobó este martes en primera lectura un proyecto de ley que modifica el artículo 21 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, elevando del 25 % al 30 % el tope del presupuesto municipal que puede ser destinado al pago de nómina y remuneraciones de funcionarios electivos.

La propuesta, remitida por el Senado de la República y acogida por unanimidad en la cámara baja, también introduce un nuevo marco normativo para resolver el vacío legal existente en los procesos de sucesión de alcaldes en caso de renuncia simultánea del vicealcalde o vicealcaldesa.

El proyecto es el resultado de la fusión de tres iniciativas legislativas y busca eliminar la intervención del Poder Ejecutivo en la designación de autoridades municipales mediante decreto, estableciendo en su lugar un proceso interno liderado por el Concejo de Regidores.

Durante el debate, la vicepresidenta de la Cámara de Diputados, Dhaurely D’ Aza, defendió el proyecto como una respuesta a las necesidades reales de los territorios del país, al tiempo que recomendó reajustar los techos presupuestarios de los ayuntamientos.

“Este proyecto responde precisamente a esas necesidades y se adapta a la marcada heterogeneidad que tienen los territorios de nuestro país. No es lo mismo el municipio de Bánica, el más pequeño de nuestro país, que el municipio de Santiago de los Caballeros”, manifestó D’ Aza.

Redistribución presupuestaria

La modificación establece que un 66 % del presupuesto municipal será destinado a servicios, infraestructuras y equipamientos comunitarios, manteniendo un 4 % para programas de educación, salud y género.

Sanciones por incumplimiento

El proyecto también introduce sanciones de entre dos y cinco años de prisión, así como multas de cinco a 20 salarios mínimos e inhabilitación para ejercer funciones públicas, en caso de que se incumpla el nuevo marco normativo. Estas penas aplican también a tesoreros y contralores municipales que no denuncien irregularidades.

Nuevo procedimiento para sustituciones

En caso de renuncia del alcalde y del vicealcalde, el texto legal instruye que el secretario general del ayuntamiento asuma de forma provisional. Posteriormente, la organización política que postuló al alcalde deberá someter una propuesta de sustitución ante el Concejo de Regidores, que contará con un plazo máximo de diez días hábiles para conocerla y proceder con la juramentación.

El proyecto aún debe ser aprobado en segunda lectura en la Cámara de Diputados y posteriormente promulgado por el Poder Ejecutivo para convertirse en ley.

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